mujeres y hombre trabajandoEl informe concluye que la directiva comunitaria ha beneficiado a los trabajadores a través de una mayor protección contra la discriminación basada en el género y ofreciendo definiciones más claras.

Aunque la directiva se ha aplicado de forma satisfactoria en general, Bruselas recuerda en este informe que varios Estados miembros, incluido España, todavía no han traspuesto en su totalidad todos los requerimientos de la directiva, tal y como deberían haber hecho antes del pasado 5 de octubre de 2005.

Los Estados que aún no han incluido en su totalidad todos los requerimientos de la directiva son: España, Austria, Bélgica, Alemania, Dinamarca, Finlandia, Luxemburgo y Países Bajos. A todos estos países la Comisión ha abierto procedimientos de infracción por no trasponer todas las disposiciones de la directiva antes del plazo límite. Bélgica y Luxemburo ya han resuelto sus problemas de trasposición, después de que Bruselas llevara sus casos ante el Tribunal de Justicia de la UE.

El infome constata el papel clave de las autoridades nacionales competentes para luchar contra la discriminación, especialmente para asistir a las víctimas. También pone de relieve que los agentes sociales empleadores y ONG que trabajan por la igualdad de género tienen un papel muy diferente en los distintos Estados miembros para contribuir a la igualdad.
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¿Qué hace la directiva contra la discrimiación laboral por género?

La directiva no sólo garantiza por ley la prohibición del acoso sexual, sino que también extiende el alcance de la protección para las víctimas de la discriminación por motivos de género. La directiva también garantiza que toda mujer embarazda o de baja maternal podrá reincorporarse a su puesto de trabajo y beneficiarse de cualquier promoción laboral a las que tendría derecho si no hubiera cogido la baja.

También obliga a los Estados miembros a designar un organismo nacional que vele por la igualdad de género, encargado de asistir a las víctimas. Además este organismo está obligado a ofrecer procedimienos judiciales y administrativos para garantizar a las víctimas la posibilidad de reclamar una compensación y aplicar sanciones en los casos en los que la igualdad de género no sea respetada.

Fuente: ComunicRSE, Fundación Luis Vives

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